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¿Quieres ser Guía de Espeleología o Barrancos?

En los últimos días nuestros federados nos han preguntado en relación a cuales son la Titulaciones Oficiales para poder ejercer como Guía de Espeleología o Barrancos en Canarias.

Ya que es un tema que se cuestionan muchas personas, debido principalmente al aumento de la demanda de las actividades deportivas relacionadas con la naturaleza, creemos conveniente aclarar un poco la confusión existente al respecto.

En España existen tres vías principales por las cuales podemos acceder a una titulación oficial que nos permita ejercer una actividad profesional de forma legal. Estas formaciones han sido elaboradas por las Federaciones Deportivas y facilitadas a la administración para su regulación e implantación.

La primera y de más alto nivel son las titulaciones de Técnico Deportivo en Espeleología y Técnico Deportivo en Barrancos. Quien se encarga de reglamentar estas titulaciones es el Ministerio de Educación, las cuales publica en el B.O.E. y son de implantación en todo el territorio nacional.

Estas formaciones las imparten centros educativos, privados o públicos, que previamente han conseguido una acreditación por parte de la administración para desarrollar estas formaciones. Una vez obtenida la acreditación no implica la obligación por parte de estos centros de impartir estas enseñanzas, por lo que nos podemos encontrar muchos centros educativos acreditados pero que en la práctica no ofertan esta formación. 

Los centros que sí imparten estas formaciones la realizan cuando lo creen conveniente o disponen de un mínimo de solicitudes previas. Es necesario superar pruebas de acceso previas para poder inscribirse en la formación, y están divididas en dos niveles formativos.

Esta titulación permite ejercer a nivel nacional.

La siguiente opción, de competencias inferiores, corresponde a las Cualificaciones Profesionales, donde a su vez nos encontramos con dos opciones diferenciadas. Esta formación, también regulada y publicada en el B.O.E. por el Ministerio de Educación, tiene como objetivo cubrir demandas puntuales. Por lo que será la administración y en base a planes concretos de fomento del empleo, por razones de demanda social u otros intereses, quien inicie la propuesta de impartir estas formaciones, las cuales delegará en centros privados o públicos.

-La primera opción es la Certificación Profesional, a la cual se accede sin prueba de acceso previa y tras superar una serie de horas lectivas y prácticas establecidas en el B.O.E., nos cualifica para ejercer la profesión de guía.

-La segunda opción es la Acreditación Profesional, orientada a profesionales en activo, los cuales justificando su experiencia laboral y cursos formativos, que en su defecto tendrían que cursar los módulos que les falte, una vez superados podrán ejercer como guías profesionales. Este caso en concreto se utiliza cuando alguna comunidad autónoma implanta nueva legislación que obliga a las empresas a disponer de profesionales formados, como vía de transición, como es el caso de Canarias, con el reciente Decreto que regula las actividades de Turismo Activo.

Ambas opciones permiten ejercer a nivel nacional.

Por último, existe la opción de que las Comunidades Autónomas creen sus propias titulaciones, las cuales serán específicas para acciones concretas y solo válidas para ejercer en la propia comunidad y publicadas en el Boletín Oficial correspondiente de la comunidad.

Este es un resumen muy breve de las Titulaciones Oficiales que nos pueden acreditar para ejercer de forma profesional diferentes actividades laborales relacionadas con la Espeleología y el Descenso de Barrancos, en el B.O.E. correspondiente a cada una de ellas se especifican las competencias de los diferentes niveles.

Por lo tanto, cualquier otra formación que se oferte, en la que se indique algún tipo de acreditación profesional, son Formaciones No Oficiales, de asociaciones o entidades privadas, que desarrollan sus propios sistemas formativos, normalmente con una llamativa publicidad que nos indica que se cualifica para ejercer a nivel internacional. No obstante pueden ser formaciones complementarias personales que nos pueden venir bien para aumentar conocimientos y siempre dependiendo de los profesionales que las impartan.

Como recomendación final, debes de tener en cuenta que cada país tiene su propia legislación al respecto. Por lo que puede o no, que te sirvan esas otras formaciones para ejercer como profesional.

Dentro de la Comunidad Europea, las Titulaciones Oficiales Españolas son homologables. Por lo que podrías ejercer, de forma legal, estas actividades en todo el territorio europeo.

En Canarias, las únicas titulaciones profesionales válidas son las oficiales, las acreditadas por organismos públicos, así lo deja muy claro el reciente Decreto que regula las actividades de Turismo Activo.

Si tienes dudas, acude a la federación de tu comunidad, estaremos encantados de resolverlas.

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